Corpus
Modo: Corpus Pro

SENTENCIAS DE AMPARO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 281462 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 689

Los fallos de la Corte no pueden quedar en condiciones de que se desvirtúe su base de verdad legal, por maniobras o procedimientos de las autoridades comunes, ni dichos fallos se cumplen sólo con que la autoridad responsable dicte nueva resolución, que se ajuste a lo mandado en la de amparo, si ésta no se ejecuta puntualmente, y es indiscutible el deber que la Corte tiene de vigilar porque se respeten sus resoluciones, tanto por la autoridad responsable como por cualquiera otra que intervenga en la ejecución.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/281462-bcddaf20/sentencias-de-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja en amparo civil 129/27. Cantón Felipe G. 5 de septiembre de 1927. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Jesús Guzmán Vaca y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente. Quinta Epoca: Tomo XXI, página 1756. Indice Alfabético. Queja 105/27. Baqueiro de Ruiz Leopoldina. 5 de septiembre de 1927. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Jesús Guzmán Vaca y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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