SENTENCIAS DE AMPARO.
La verdad legal establecida en ellas, no puede desvirtuarse ni alterarse en forma alguna, aunque resulte contraria a la realidad de los hechos y tenga por origen sólo una omisión de las autoridades responsables; de modo que si el amparo se concedió por violaciones sustanciales del procedimiento, deben repetirse esos procedimientos, para que se observe y respete el fallo federal, aun cuando la violación se hubiere subsanado por el tribunal responsable, si de tal hecho no tuvieron conocimiento los Jueces Federales, al conceder el amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280440-e2940be4/sentencias-de-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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