EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO.
Cuando la autoridad común ejecuta una sentencia de amparo, está obligada, en la nueva sentencia que dicte, a aceptar las razones expuestas por el tribunal de amparo, usando sólo de su criterio, en los puntos que legalmente pueden corresponder a su conocimiento, sin hacer crítica de las razones que fundan la protección federal; pues si tal hiciera, además de que desvirtuaría el objeto de la ejecutoria, incurriría en una manifiesta falta de respeto que ameritaría que se llamara su atención para que no se incurra nuevamente en tal irregularidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/312450-5b6a95da/ejecucion-de-sentencias-de-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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