SENTENCIAS DE AMPARO.
Como de una manera uniforme lo ha establecido la Tercera Sala de la Suprema Corte, la sentencia que se dicte en el juicio de amparo, no puede hacer declaraciones de carácter general, ni extenderse a personas distintas de aquellas que ocurrieron al juicio constitucional. Si el acto reclamado agravia a un tercero, éste puede intentar por separado su demanda de garantías, pero no pretender que se le proteja sólo por presentarse en el momento de la audiencia, en un juicio de amparo no promovido por él, y respecto de cuyos derechos no se ha establecido el cuasicontrato, con la demanda respectiva y el informe correspondiente de la autoridad señalada como responsable.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/362376-26d55c5d/sentencias-de-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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