COMERCIOS.
Las licencias para establecerlos, no confieren a los causantes un derecho absoluto, pues siempre se entenderán otorgadas en el concepto de quedar sometido el establecimiento, objeto de la licencia, a los preceptos de las leyes y reglamentos de policía y seguridad, y a las disposiciones que demanda el interés público, por lo que la cancelación de la licencia, apoyada en dichas leyes y reglamentos, no es violatoria de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282299-036ccd75/comercios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 69/24. Martínez Margarita y coags. 12 de mayo de 1927. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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