COMERCIOS, REGLAMENTOS APLICABLES A LOS.
Es bien sabido que cualquiera industria o establecimiento industrial, está sujeto a la reglamentación que la autoridad competente determine, en lo futuro, en tanto que esta reglamentación no ataque los derechos adquiridos por el industrial, y por lo mismo, no puede alegarse que un reglamento no puede ser aplicable al establecimiento de una persona, por ser posterior a la apertura del mismo, pues no puede decirse que con el permiso dado para la apertura, el interesado haya adquirido algunos derechos para trabajar en determinada forma, que resulte contraria a lo que la autoridad respectiva juzgue pertinente señalar en las disposiciones reglamentarias que dicte en lo sucesivo con posterioridad a la mencionada apertura.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/332048-d34b52fd/comercios-reglamentos-aplicables-a-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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