ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES.
Si bien las licencias para establecerlos, no confieren al causante un derecho absoluto, pues siempre se entenderán otorgadas en el concepto de quedar sometido el establecimiento u objeto de la licencia a los preceptos de las leyes y reglamentos de policía y seguridad, y a las disposiciones que demanda el interés público, esto no quiere decir que la autoridad municipal pueda, a su antojo, modificar o revocar las licencias que otorga, sin que deba sujetarse a lo que dispongan las leyes y reglamentos de policía y seguridad, pues esto equivaldría a sancionar la arbitrariedad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280167-2f0b684f/establecimientos-mercantiles · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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