LEYES DE PAGOS.
Las circulares aclaratorias de esas leyes, no pueden ser aplicables más que a los casos en las mismas circulares comprendidos.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica 26/24. Compañía Industrial de Orizaba, S. A. 21 de junio de 1927. Mayoría de seis votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Manuel Padilla, Elías Monges López y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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