FIADOR.
La Corte ha establecido, en casos diversos, que el fiador debe considerársele como parte en los juicios de amparo, en relación con los actos o procedimientos que personalmente afecten sus intereses.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282483-91bb4542/fiador · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo penal 111/26. Barros Felipe N. 2 de agosto de 1926. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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