CASACION.
Contra la sentencia que en casación se dicte, procede la interposición del amparo, y es competente para conocer de él, en única instancia, la Suprema Corte, puesto que se trata de una sentencia que tiene el carácter de definitiva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282548-049c81bc/casacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 1736/21. Rodríguez Dávila Francisco. 25 de agosto de 1926. Mayoría de nueve votos. Disidente: Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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