PRESCRIPCION.
La prescripción se interrumpe por la interpelación de pago constituida por la demanda presentada en tiempo; aunque las notificaciones se hagan fuera del plazo señalado para la prescripción, si esto no es por culpa ni omisión del actor.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282790-9caa67be/prescripcion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 3230/21. Estrada Joaquín, sucesión de. 15 noviembre 1926. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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