LIBROS DE LOS COMERCIANTES.
Si bien es cierto que la fracción I del artículo 1295 del Código de Comercio, sanciona la indivisibilidad de la prueba de inspección de libros, también lo es, que de acuerdo con la interpretación que los tratadistas han dado a las disposiciones relativas a esa prueba, no se puede admitir una partida en parte y rechazarla en parte; mas cuando las partidas son distintas, aunque conexas, sí puede aceptarse la divisibilidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282800-d388632d/libros-de-los-comerciantes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica 93/23. Soto Jesús. 17 de noviembre de 1926. Mayoría de seis votos. Disidentes: Francisco Modesto Ramírez y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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