AMPAROS ANTERIORES A JULIO DE 1924.
La sanción de sobreseimiento en ellos, establecida por el Decreto de 9 de diciembre de 1924, no es aplicable a los amparo interpuestos por el fisco federal o por el de un Estado, o en los que, los mismos hubieren promovido la revisión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282922-9e744134/amparos-anteriores-a-julio-de-1924 · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 1747/22. Poder Ejecutivo del Estado. 9 de enero de 1926. Mayoría de seis votos. Disidentes: Gustavo A. Vicencio y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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