CONVENIOS JUDICIALES.
Las diligencias relativas a su ejecución, son actos ejecutados fuera de juicio, contra los cuales, es procedente el juicio de garantías, conforme a lo previsto por la fracción IX, del artículo 107 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282955-2d28a3a3/convenios-judiciales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de improcedencia 3902/25. Echenique Carlos. 22 de enero de 1926. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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