EMBARGOS.
Los embargos que deben registrarse, son los que se refieren a bienes inmuebles y no a créditos personales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/283151-8ac6dc29/embargos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 368/20. Treviño de Hurtado Rosa y coagraviado. 13 de marzo de 1926. Mayoría de diez votos. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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