EMBARGOS NO INSCRITOS EN EL REGISTRO PUBLICO.
Si cuando tuvo lugar la adquisición de la propiedad de un inmueble, el embargo practicado sobre éste, no había sido inscrito en el Registro Público, tal embargo no puede producir efecto alguno contra el tercero adquiriente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/343569-f1d759f7/embargos-no-inscritos-en-el-registro-publico · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 7342/49. Núñez Antonio. 26 de julio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro: Roque Estrada no estuvo presente por las razones que constan en el acta del día. Ponente. Agustín Mercado Alarcón.
Jurisprudencia relacionada
- EMBARGOS NO INSCRITOS EN EL REGISTRO PUBLICO. (s/clave)
- EMBARGO DE INMUEBLES, FALTA DE REGISTRO DEL. (s/clave)
- EMBARGO, EFECTOS DE LA INSCRIPCION DEL, EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD. (s/clave)
- EMBARGO DE INMUEBLES INSCRITOS A NOMBRE DEL DEMANDADO EN EL JUICIO EN QUE AQUEL SE PRACTICA. (s/clave)
- EMBARGOS NO INSCRITOS EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD. (s/clave)
- EMBARGO. ES OPONIBLE A TERCEROS UNICAMENTE CUANDO SE ENCUENTRA INSCRITO EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD. (VI.2o.77 C)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis