MINISTERIO PUBLICO.
El amparo es improcedente contra los actos del Ministerio Público, verificados con el carácter de parte en el proceso, porque entonces no ejerce funciones de autoridad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/283174-4e578cff/ministerio-publico · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 3095/24. Buere Salvador. 16 de marzo de 1926. Unanimidad de nueve votos. Ausente: Salvador Urbina. Ponente: Leopoldo Estrada.
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