DEMANDA DE AMPARO.
La admisión de una demanda de amparo no produce daño irreparable en la sentencia definitiva, ni es por su naturaleza, acto trascendental y grave; por lo que contra dicha admisión, no cabe el recurso de queja.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284103-57b3531a/demanda-de-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo administrativo 241/25. Castillo Nájera Guillermo. 7 de diciembre de 1925. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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