TIERRAS COMUNALES.
La sociedad está interesada en que se respete la posesión de dichas tierras, mientras no se dicte sentencia que establezca y defina a quién corresponde disfrutar de las mismas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284333-07eb322f/tierras-comunales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Ayuntamiento de Huamantla. 8 de agosto de 1924. Mayoría de siete votos. Disidentes: Ernesto Garza Pérez, Francisco Díaz Lombardo, y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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