COMUNIDAD.
Los derechos que le corresponden pueden ser ejercitados por cualquiera de los comuneros.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/292282-99b08d87/comunidad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de sobreseimiento. Padilla Cleófas y Comunidad de Escuinapa. 22 de octubre de 1917. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el ponente.
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