AUTO DE FORMAL PRISION.
No es requisito exigido por el artículo 19 constitucional, que en el auto de formal prisión, se cite ley alguna.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284459-a1e77609/auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión. González Meléndez Jerónimo. 25 de septiembre de 1924. Mayoría de nueve votos. Disidente: Ricardo B. Castro. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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