AUTO DE FORMAL PRISION.
Los requisitos del auto de formal prisión deben examinarse únicamente de acuerdo con el artículo 19 constitucional que lo rige, y no con el artículo 16, que se refiere a las órdenes de aprehensión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/306148-9a198c58/auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 5370/44. Castro Francisco y coagraviados. 14 de noviembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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