SUPLICA.
Al resolver sobre la procedencia del recurso, no deben tocarse las cuestiones que se relacionan con el fondo del asunto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284496-735b93fa/suplica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Incidente de súplica mal admitida. Compañía Bancaria de Monterrey, S. A. 6 de octubre de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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