SUPLICA.
No puede deferirse a ella, si no se prueban los agravios en que se funda el recurso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286492-cfcbbb73/suplica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica. Mézquita viuda de Pérez Manuela. 14 de agosto de 1922. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Patricio Sabido y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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