ACUSADOS.
Todo acusado será tenido como inocente, mientras no se pruebe que cometió el delito que se le imputa, y que él lo perpetró.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284524-1b46880a/acusados · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo. Arteaga Patricio. 14 de octubre de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo VIII, página 990. Amparo penal directo. Jiménez Gilberto. 8 de junio de 1921. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo III, página 1321. Amparo penal directo. Hernández Alberto C. 20 de diciembre de 1918. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Enrique Colunga, Enrique García Parra, Enrique Moreno y Manuel E. Cruz. Ausentes: Alberto M. González y Santiago Martínez Alomía. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- PRESUNCIONES DE CULPABILIDAD. (s/clave)
- CONFESION DEL ACUSADO. (s/clave)
- ACUSADOS. (s/clave)
- DECLARACION DEL ACUSADO. (s/clave)
- SENTENCIAS PENALES. (s/clave)
- CONFESION DEL ACUSADO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis