AGRAVIOS.
Si los agravios se fundan en los considerandos de la sentencia que se recurre en súplica, basta que uno solo de sus fundamentos sea legítimo, para que también lo sea la conclusión, como lo ha reconocido la Suprema Corte de Justicia en diversas ejecutorias.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284605-c3015b60/agravios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica. Abascal y Compañía. 17 de noviembre de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente,
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