AUTORIDADES Y PARTICULARES.
Los particulares pueden hacer todo lo que la ley no les prohibe, a diferencia de lo que sucede con las autoridades, que no tienen más facultades que las que la ley les otorga.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284892-581cc905/autoridades-y-particulares · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Parra Lorenzo y coagraviado. 6 de febrero de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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