AGUAS DE PROPIEDAD PRIVADA.
Lo son las que no reúnen las condiciones que las leyes fijan para considerarlas propiedad de la nación, y sobre las cuales los ribereños han acreditado sus derechos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/285060-97eb2fa1/aguas-de-propiedad-privada · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Burguete J. Ponciano. 15 de marzo de 1924. Mayoría de siete votos. Disidentes: Salvador Urbina y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- AGUAS NACIONALES.- (6)
- AGUAS DE PROPIEDAD NACIONAL. (s/clave)
- AGUAS NACIONALES. (512)
- AGUAS NACIONALES. (8)
- AGUAS NACIONALES. (s/clave)
- AGUAS NACIONALES, PRUEBA EN CASO DE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis