JUICIOS MERCANTILES.
El procedimiento en ellos, es el señalado en el Código de Comercio, y sólo a falta de disposiciones en este código, se suple con las de la ley local respectiva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/285255-83058ff1/juicios-mercantiles · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica. García Ruiz Juan y Zubirán José María. 12 de mayo de 1924. Mayoría de cinco votos en cuanto al punto que se refiere a la condenación del demandado al cumplimiento del contrato de compraventa; por unanimidad de nueve votos en cuanto a la absolución del demandado, por los daños y perjuicios reclamados por el demandante, y al pago de las costas en primera y segunda instancias; y por mayoría de cinco votos en cuanto a la condenación del demandado en costas de la súplica en los términos expresados. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- JUICIOS MERCANTILES. (s/clave)
- LEGISLACION MERCANTIL. (s/clave)
- NOTIFICACIONES EN JUICIOS MERCANTILES. (s/clave)
- LEGISLACION MERCANTIL. (s/clave)
- CODIGO DE COMERCIO, CUANDO DEBEN APLICARSE COMO SUPLETORIOS DE EL, LOS CODIGOS LOCALES. (s/clave)
- JUICIOS MERCANTILES. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis