NOTIFICACIONES EN EL AMPARO.
Las notificaciones en el amparo, a la autoridad responsable, deben hacerse como lo previene la fracción I, del artículo 13 de la ley respectiva, e insertándose íntegra la resolución que se le notifica.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/285441-68977e44/notificaciones-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo. Magistrado del Tribunal de Justicia del Distrito Norte de la Baja California. 15 de agosto de 1923. Unanimidad de once votos, en cuanto al primer punto resolutivo y mayoría de nueve, respecto al segundo. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca y Ricardo B. Castro. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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