NOTIFICACIONES EN EL AMPARO.
La forma legal de notificar las resoluciones en el amparo a las autoridades responsables, es la que previenen los artículos 13 y 16 de la ley reglamentaria, y dichas notificaciones surten sus efectos, pasados los días que invierta el correo en llegar a donde residen dichas autoridades, quienes deben interponer los recursos procedentes, dentro del plazo legal, contado desde la fecha en que surtió efectos la notificación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280368-a3a49fa5/notificaciones-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 474/21. Irisarri viuda de Eguía Guadalupe. 25 de abril de 1928. Mayoría de nueve votos. Disidente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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