AMPARO ADMINISTRATIVO.
En el plazo para interponerlo, no debe computarse el tiempo que se emplee para tramitar la consideración por la autoridad responsable, del acto que se reclama.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/285555-f545eb0c/amparo-administrativo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Bacis Gold and Mining Company, Ltd. 8 de septiembre de 1923. Mayoría de ocho votos, por lo que hace al primer punto resolutivo y por mayoría de seis votos, respecto al segundo. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Sabino M. Olea, Ricardo B. Castro, Ernesto Garza Pérez, Gustavo A. Vicencio y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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