ARBOLES.
Es procedente conceder la suspensión respecto de los árboles que existan en los terrenos con que se dota a los pueblos, a fin de que se apliquen las disposiciones del reglamento agrario.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/285642-ac79cd3c/arboles · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Alvarez Gómez Hermanos y coagraviados. 5 de octubre de 1923. Unanimidad de diez votos. El Ministro V. Pimentel no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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