DISTRITO FEDERAL.
No es sino únicamente una dependencia directa del Gobierno Federal que no tiene ninguno de los caracteres de soberanía de entidad libre, dentro de su régimen interior, y que, por lo mismo, no puede hacer uso de sus facultades que sólo están reservadas a entidades soberanas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/285798-d475b583/distrito-federal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Compañía de Industria y Comercio S. A. 5 de diciembre de 1923. Unanimidad de ocho votos, por lo que hace a la revocación del sobreseimiento y por mayoría de siete, respecto a la concesión del amparo. Disidentes: Salvador Urbina, Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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