ABOGADOS DE LAS PARTES EN EL JUICIO DE AMPARO.
La autorización que tengan para oír notificaciones, se extiende a promover lo conveniente, en la respuesta a las mismas, y para presentar alegatos; y como toda autorización debe interpretarse en sentido restrictivo, para los casos que prevé, la autorización referida no faculta para hacer promociones por escrito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/285862-2c51fac5/abogados-de-las-partes-en-el-juicio-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil. Alvarez Flores Luis. 19 de diciembre de 1923. Mayoría de siete votos. Disidentes: Salvador Urbina, Ricardo B. Castro, Ernesto Garza Pérez y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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