COSTAS EN LA SUPLICA.
No procede hacer la condenación en ellas, si la sentencia que en este recurso se pronuncie, discrepa de la de segunda instancia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/285961-e1a9928b/costas-en-la-suplica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica. Herrera Méndez Prisciliano y coagraviado. 15 de enero de 1923. Unanimidad de ocho votos, respecto del primero y segundo capítulos resolutivos, y por mayoría de cinco votos, por lo que hace al tercero. Ausentes: Alberto M. González y Agustín Urdapilleta. Disidentes: Patricio Sabido, Antonio Alcocer y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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