COSTAS EN LA SUPLICA.
No debe hacerse condenación en ellas, si la sentencia que en la súplica se pronuncie, no es conforme de toda conformidad con la que se recurre.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/283889-7ff83475/costas-en-la-suplica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica 49/23. Posada Rugarcía y Compañía. 5 de octubre de 1925. Mayoría de nueve votos. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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