QUEJA INFUNDADA.
Debe declararse así, cuando se compruebe que no son ciertos los hechos en que se apoya.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286094-b07c6c16/queja-infundada · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil. Vela Ventura. 28 de febrero de 1923. Mayoría de siete votos. El Ministro Agustín Urdapilleta no intervino en la discusión y votación de este negocio por las razones que se expresan en el acta del día. Disidentes: Alberto M. González, Adolfo Arias y Patricio Sabido. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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