QUEJA INFUNDADA.
Debe declararse así, cuando el quejoso no comprueba los hechos en que la funda.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284846-ba8b4da0/queja-infundada · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo XIV, página 1974. Indice Alfabético. Queja 14/24. Placencia Regina. 25 de febrero de 1924. Unanimidad de diez votos. Ausente: Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XIV, página 424. Queja en amparo civil 7/23. Harman Jury Carlos. 28 de enero de 1924. Unanimidad de diez votos. Ausente: Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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