AYUNTAMIENTOS.
La sociedad tiene interés en que no se altere su organización política o social, y en que sus intereses sean administrados por las personas en quienes haya depositado su confianza, al celebrarse su elección, Mientras no se pruebe que tal elección no ha sido realmente legítima. Asimismo, el Estado, que tiene como base de organización el Municipio, tiene interés que éste sea administrado por Ayuntamientos de elección popular directa, y sin que existan autoridades intermediarias entre ellos y el gobierno, y en que se observen escrupulosamente los preceptos constitucionales relativos, mientras no se declare que la Constitución ha sido violada al elegir a esos Ayuntamientos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286130-5f05a05f/ayuntamientos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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