QUEJA.
Para que sea procedente, es indispensable que la providencia que la origina, sea por su naturaleza, trascendental y grave.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286163-e3cb1282/queja · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en materia civil. Hoyos Ricardo y coagraviado. 21 de marzo de 1923. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Alberto M. González, Benito Flores y Agustín Urdapilleta no intervinieron en la discusión y votación de este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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