ACTOS RECLAMADOS.
Deben apreciarse en la sentencia de amparo, tal y como aparecen probados ante la autoridad responsable, sin que puedan tomarse en consideración, hechos posteriores, de que no tuvo conocimiento aquélla.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286200-74dcfbe3/actos-reclamados · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión. González de Cosío José. 7 de abril de 1923. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Alberto M. González y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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