CONFESION JUDICIAL.
Sólo produce efecto en lo que perjudica al que la hace, no en lo que le aprovecha.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286671-c9e124e7/confesion-judicial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo. Aranda Silvino. 5 de diciembre de 1922. Mayoría de siete votos. Ausentes: Enrique Moreno y Benito Flores. Disidente: Patricio Sabido., respecto de la primera proposición resolutiva. Mayoría de siete votos. Disidente: Ernesto Garza Pérez, respecto de la segunda proposición resolutiva. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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