PLAZO PARA INTERPONER EL AMPARO.
El término de quince días que la ley señala para interponer el amparo, debe contarse por días naturales, de doce a doce de la noche.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286679-f74150f7/plazo-para-interponer-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de improcedencia. Solís Pomposo. 8 de diciembre de 1922. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Benito Flores y Enrique Moreno no votaron, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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