AMPARO ADMINISTRATIVO.
Debe sobreseerse en él por improcedencia, si se promueve después de los quince días que previene la Ley de Amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280820-09b49de8/amparo-administrativo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Romano Juan, sucesión de. 6 de junio de 1928. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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