AMPARO ADMINISTRATIVO.
Debe promoverse dentro de los quince días siguientes a la fecha de la notificación del acto que se reclama, so pena de ser desechado por extemporáneo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/287287-7216cf90/amparo-administrativo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. American Smelters Securities Co. 6 de agosto de 1921. Mayoría de nueve votos en cuanto al primer punto resolutivo. Ausente: Benito Flores. Disidente: Antonio Alcocer. Unanimidad de diez votos en cuanto al segundo. Ausente: José M. Mena. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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