ACUMULACION.
Es también improcedente la acumulación de solo la tercería de un juicio, que debe decidirse con el juicio principal, porque se dividiría la continencia de la causa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286683-c8a97d64/acumulacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Juicio contra la nación. Compañía Agrícola del Río Bravo, Obligacionistas Hipotecarios. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Alberto M. González y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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