AUTO DE FORMAL PRISION.
Si no se ajusta estrictamente a lo prevenido por el artículo 19 de la Constitución, importa una violación de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286782-a18647c9/auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión. Tejada Carlos. 12 de enero de 1922. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Enrique Moreno, Ignacio Noris y Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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