Corpus
Modo: Corpus Pro

RESPONSABLES DE BOTICAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 286861 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 356

El artículo 211 del Código Sanitario, previene que cuando sea responsable de una botica alguno que carezca de título, se hará saber al público esta circunstancia, mediante un aviso que se fijará en lugar visible del establecimiento.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286861-c0c00347/responsables-de-boticas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión. Acosta María del Rosario. 7 de febrero de 1922. Mayoría de siete votos. Los Ministros Ignacio Noris y Agustín Urdapilleta, no asistieron a la sesión, por las razones que constan en el acta del día. Disidentes: Alberto M. González y Patricio Sabido. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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