DOTACION DE TIERRAS.
Las disposiciones relativas a ella, no han tenido por objeto revivir los antiguos ejidos coloniales, señalando a cada pueblo una extensión invariable de terreno, definido por lineas regulares y tomando un centro determinado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286920-c1a2e32a/dotacion-de-tierras · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Uribe Valencia Ramón. 2 de marzo de 1922. Mayoría de siete votos. Los Ministros Enrique Moreno, Adolfo Arias y Agustín Urdapilleta no intervinieron en este asunto, por las razones que se expresan en el acta del día. Disidente: Ignacio Noris. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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